El 7 de diciembre de 2018 entró en vigor la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que adapta al ordenamiento jurídico español el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Según establece la Exposición de Motivos de la nueva LOPD (III y IV), se justifica, en síntesis, la necesidad de una nueva regulación complementaria interna con la finalidad de:

  • Hacer plenamente efectiva la aplicación del RGPD.
  • Depurar el ordenamiento jurídico interno, eliminando situaciones de incertidumbre en la aplicación del RGPD.
  • Integrar el ordenamiento europeo en el interno para permitir un conocimiento claro y público por parte de los operadores jurídicos y los ciudadanos, en aras del principio de seguridad jurídica.
  • Regular un sistema de garantías de los derechos (digitales) de la ciudadanía en Internet, que en algunos supuestos ya han sido perfilados por la jurisprudencia, como el derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral; Derecho al olvido en búsquedas de Internet o Derecho al testamento digital, entre otros.
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