En nuestro trabajo habitual constatamos un incremento significativo de fraudes dirigidos a particulares y empresas a través de medios digitales. Los ciberdelincuentes, como es sabido, han perfeccionado técnicas que no solo buscan la sustracción directa de fondos de los consumidores, sino también la obtención de datos personales y el acceso ilícito a sistemas —con graves consecuencias para las víctimas, en muchos casos—. A continuación, explicamos las tres amenazas más frecuentes, cómo identificarlas, qué acciones legales puedes emprender y cómo le podemos ayudar.
¿Qué son y cómo actúan?
- Phishing
Es el engaño mediante correos electrónicos o páginas web fraudulentas que simulan ser entidades legítimas (bancos, administraciones, servicios en la nube). Su objetivo es que la víctima facilite credenciales, datos bancarios o descargue malware. Señales habituales: remitente sospechoso, errores ortográficos, enlaces que no coinciden con el dominio real y solicitudes urgentes de información.
- Smishing
Versión del phishing por SMS (mensaje de texto). El delincuente envía un mensaje con un enlace o un número de teléfono para “verificar” datos o “resolver un problema” con tu servicio. Al hacer clic puedes ser dirigido a una web fraudulenta o recibir una llamada que intentará sonsacar datos sensibles.
- Ataque Man-in-the-Middle (MITM)
Aquí el atacante se interpone en la comunicación entre dos partes (por ejemplo, tu navegador y el banco) para interceptar o modificar la información en tiempo real. Suele aprovechar redes Wi-Fi públicas sin protección, certificados falsos o vulnerabilidades en software para actuar desapercibido.
Consecuencias jurídicas y derechos de la víctima.
Las estafas informáticas pueden generar responsabilidad penal (estafa, fraude informático, suplantación de identidad, acceso ilícito a sistemas) y también responsabilidad civil por daños y perjuicios. Además, cuando hay tratamiento de datos personales, entra en juego la normativa de protección de datos (RGPD/LOPDGDD).
Si ha sufrido un ataque tienes, entre otros, estos derechos y vías de actuación:
- Denunciar ante la Policía Nacional, Guardia Civil o el Juzgado de Guardia. La denuncia es clave para la investigación y la posible apertura de diligencias.
- Comunicar la brecha de seguridad a tu entidad financiera inmediatamente para intentar revertir operaciones fraudulentas y limitar la responsabilidad.
- Ejercer tus derechos de protección de datos si han sido comprometidos tus datos personales: solicitar información sobre el tratamiento y exigir medidas de bloqueo o supresión cuando proceda.
- Reclamar daños y perjuicios por vía civil si puedes acreditar pérdida patrimonial.
- Notificar la incidencia a organismos de ciberseguridad para ayudar a contener el ataque y proteger a terceros.
¿Qué debe hacer si cree que ha sido víctima de uno de estos delitos?
- Conserve todo el material: correos, SMS, capturas de pantalla, URLs, recibos de operaciones.
- No borre los mensajes ni cambie nada hasta que se te indique por tu abogado o por los investigadores (salvo medidas inmediatas para bloquear cuentas).
- Contacte DE INMEDIATO con su banco y bloquee las tarjetas/cuentas afectadas.
- Cambie las contraseñas y active la autenticación de doble factor.
- Presente denuncia SIEMPRE.
- Reclame POR ESCRITO a su banco la devolución de las cantidades sustraídas.
La sentencia clave del Tribunal Supremo (STS 571/2025, de 9 de abril de 2025).
El Tribunal Supremo, en su reciente Sentencia de abril de 2025, ha reforzado la protección de los usuarios de servicios de pago frente a los fraudes digitales. Esta resolución —que marca un precedente en la materia— establece lo siguiente:
“el que la entidad bancaria acredite que la operación fue autenticada, registrada con exactitud y contabilizada, no es suficiente para eximirle de responsabilidad. Ha de probar que la operación no resultó afectada por un fallo técnico u otra deficiencia del servicio prestado, y, dado que el cliente niega que la operación fuera consentida, que no hubo por parte de este último fraude, incumplimiento deliberado o negligencia grave.”
En este sentido, se establecen los siguientes criterios:
- El uso de contraseñas o códigos de verificación no implica automáticamente consentimiento: este debe ser real, consciente y verificable.
- Si el cliente niega haber autorizado la operación, el banco tiene la obligación de demostrar lo contrario y de acreditar que su sistema de seguridad funcionó correctamente.
- Las cláusulas contractuales que eximen al banco de responsabilidad son inválidas si contradicen la normativa imperativa de protección del consumidor.
- El banco debe actuar con un nivel de diligencia profesional y experto, no solo “razonable”, implementando sistemas capaces de detectar y bloquear operaciones anómalas.
- Solo si se demuestra que el cliente actuó con fraude o negligencia grave, podrá limitarse su derecho a restitución.
En definitiva, esta sentencia confirma que, si has actuado con responsabilidad y aun así has sido víctima de un fraude digital, tu banco debe devolverte el dinero sustraído.
¿Cómo le podemos ayudar?
En AC-ABOGADOS combinamos asesoramiento jurídico y coordinación con especialistas en ciberseguridad para ofrecerte un servicio integral:
✅ Asesoramiento inmediato y personalizado sobre los pasos a seguir tras una estafa digital.
✅ Preparación y presentación de denuncias penales con toda la documentación técnica y probatoria.
✅ Reclamaciones ante entidades financieras para intentar la recuperación de fondos.
✅ Acciones civiles por daños y perjuicios derivados del fraude (reclamaciones de responsabilidad).
✅ Protección de datos personales, ejercitando los derechos reconocidos en el RGPD/LOPDGDD.
¿Ha recibido un correo, SMS o ha notado movimientos sospechosos en sus cuentas bancarias?
En AC-ABOGADOS analizamos su caso y le acompañamos en todo el proceso: desde la recogida de pruebas hasta la reclamación extrajudicial o judicial.
Contacte con nosotros y recupere su tranquilidad: te ayudamos a proteger sus derechos y a reclamar lo que le corresponde.
