En esta ocasión el letrado y delegado de protección de datos, Javier Alvarez explica en los Informativos de Castilla y León Televisión la Sentencia del Tribunal Supremo 12/2019 que ampara el derecho al olvido digital frente a Google sobre noticias sustancialmente inexactas.
En esta Sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo establece como jurisprudencia que “la persona afectada por una supuesta lesión del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen está legitimada para fundamentar válidamente una acción de reclamación ante la entidad proveedora de los servicios de motor de búsqueda en internet o ante la Agencia Española de Protección de Datos cuando los resultados del motor de búsqueda ofrezcan datos sustancialmente erróneos o inexactos que supongan una desvalorización de la imagen reputacional que se revele injustificada por contradecir los pronunciamientos formulados en una resolución judicial firme”.