En GRUPO INNOVANDO SERVICIOS JURÍDICOS contamos con experiencia acreditada en la defensa de clientes afectados por fraudes bancarios y cargos no autorizados. Así lo refleja la Sentencia n.º 81/2026, dictada el 9 de abril de 2026 por la Plaza n.º 5 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Valladolid, que estimó íntegramente una demanda dirigida frente a una entidad bancaria y la condenó a devolver 23.000 euros, más intereses legales y costas. 
La resolución recuerda que, en estos supuestos, corresponde al proveedor de servicios de pago acreditar que la operación fue correctamente autenticada, registrada con exactitud y no afectada por fallos técnicos o deficiencias del servicio. También insiste en que la entidad solo puede exonerarse si prueba la existencia de fraude o negligencia grave del usuario. 
En palabras de la propia sentencia, “la entidad que presta el servicio de pago solo puede exonerarse de responsabilidad, mediante la prueba de culpa grave del usuario”; y añade que “no basta con medidas genéricas de protección o avisos estereotipados de cuidado”. Aplicando ese criterio, el Juzgado concluyó que no había quedado acreditada negligencia grave del cliente y estimó la reclamación. 
Nuestro equipo de abogados estudia reclamaciones derivadas de phishing, transferencias no autorizadas, préstamos contratados fraudulentamente y otros supuestos de fraude bancario, con el objetivo de obtener la devolución de las cantidades indebidamente cargadas y la reparación íntegra del perjuicio sufrido.

