Nuevo varapalo del TJUE a España por discriminar a los padres en el complemento de maternidad
En AC-ABOGADOS ya alertamos en 2023 de la desigualdad que sufrían los padres al solicitar el complemento de maternidad en su pensión de jubilación. Mientras las madres lo recibían automáticamente, a los hombres se les exigían requisitos adicionales o se les denegaba directamente si se habían jubilado después de la reforma de 2021 (Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero).
Esta reforma, que modificó el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS), pretendía dar cumplimiento a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 12 de diciembre de 2019 (asunto C-450/18), que ya había declarado contraria al Derecho de la UE la concesión exclusiva del complemento a las madres.
Sin embargo, la nueva redacción volvió a incurrir en una discriminación indirecta: aunque permitía a los padres solicitar el complemento, les exigía acreditar que su carrera profesional se había visto afectada por el nacimiento o adopción de sus hijos, exigencia que no se pedía a las madres.
La sentencia clave del TJUE (C-623/23, 15 de mayo de 2025)
El TJUE, en su reciente Sentencia de mayo de 2025, ha vuelto a pronunciarse con contundencia: el nuevo artículo 60 LGSS sigue vulnerando el principio de igualdad entre hombres y mujeres (Directiva 79/7/CEE). El tribunal declara que:
“El complemento de pensión debe concederse en igualdad de condiciones a ambos progenitores, sin exigir a los padres requisitos adicionales que no se imponen a las madres.”
Además, aclara que el complemento solo debe percibirlo el progenitor cuya pensión sea de menor cuantía, aunque inicialmente lo percibiera el otro.
¿Qué significa esto para ti?
Si eres padre jubilado y has solicitado el complemento de maternidad sin éxito, esta sentencia te ampara para reclamarlo en igualdad de condiciones. No importa el año en que te jubilaste ni si el INSS ya te lo ha denegado: puedes solicitar la revisión de tu caso y exigir tu derecho.
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